viernes, marzo 29, 2024
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¿Cómo solicitar en línea la compensación por pérdida de ingresos por el COVID-19?

A partir de la próxima semana podrá solicitarse en línea a través de la página web https://ifsg-online.de/index.html la compensación por la pérdida de ingresos debida a la emergencia sanitaria generada por el COVID-19.

Información publicada en la Web del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Socia de la Embajada de España

¿Quién tiene derecho a la compensación?

Toda persona que esté en cuarentena o no pueda trabajar debido a su propia infección y por lo tanto sufra una pérdida de ingresos puede solicitar una compensación en base de la Ley de protección contra infecciones (https://www.gesetzeim-internet.de/ifsg/). La prohibición de la actividad laboral o cuarentena deben ser prescritas por el departamento de salud pública u otra autoridad competente.

Desde el 30 de marzo pueden recibir una indemnización aquellas personas que han sufrido también una pérdida de ingresos por haberte visto obligadas a quedarse a cargo de sus hijos menores de 12 años o discapacitados dependientes debido al cierre de las escuelas o guarderías, no habiendo podido ejercer por ello su actividad laboral. También pueden solicitarla las empresas que se ven obligadas a pagar una compensación a sus trabajadores (continuación del pago salarial por un máximo de seis semanas).

¿Cómo recibo la compensación?

• Los trabajadores reciben una compensación por parte de las empresas durante las primeras seis semanas como continuación del pago del salario. A partir de la séptima semana, deberán presentar una solicitud a la autoridad competente para seguir percibiendo la indemnización.

• Las empresas pueden solicitar a la autoridad competente el reembolso de estas transferencias.

• Los trabajadores por cuenta propia pueden solicitar una indemnización directamente a la autoridad competente.

¿Qué compensación hay?

Compensación por el cierre de escuelas y guarderías:

Según el artículo 56.1a de la Ley de Servicios Sociales los trabajadores por cuenta ajena y autónomos con derecho de custodia tienen derecho a una indemnización durante un máximo de seis semanas debido al cierre de guarderías o escuelas.

Para ello tienen que cumplirse los siguientes requisitos:

  • La guardería o la escuela ha sido cerrada por orden oficial.
  • No hay días festivos, ni vacaciones escolares o de guardería durante los cuales las instalaciones habrían estado cerradas de todos modos.
  • El menor aún no ha cumplido los 12 años o requiere asistencia especial (por ejemplo, debido a una discapacidad).
  • No es posible proporcionar un cuidado alternativo y en condiciones adecuadas (por ejemplo, por parte de los hermanos mayores o la atención de emergencia en la escuela o guardería).

Compensación en caso de cuarentena o prohibición del trabajo:

En virtud del artículo 56.1 de la IfSG, los trabajadores por cuenta ajena y autónomos tienen derecho a una indemnización si han sufrido una pérdida de ingresos debido a una cuarentena ordenada oficialmente o a una prohibición de trabajar.

Para ello tienen que cumplirse los siguientes requisitos:

  • Estar en cuarentena según el artículo 30 o tener prohibido trabajar según el artículo de la 31 IfSG.
  • No es posible compensar su pérdida de ingresos con otra actividad adecuada.
  • La solicitud debe presentarse dentro de los tres meses siguientes al comienzo de la prohibición de la actividad o al final de la cuarentena.
  • No estar enfermo ni incapacitado para trabajar.

Fuente: https://www.bmi.bund.de/SharedDocs/pressemitteilungen/DE/2020/04/entschaedigung-verdienstausfaelle.html

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