martes, abril 23, 2024
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¿Sabía que el Consulado ofrece asistencia a detenidos?

handcuffs-921290_1920Seguro que alguna vez, estando en tierras extranjeras, hemos cometido una infracción sin saberlo. Sin embargo, el desconocimiento de la ley por desgracia no sirve de excusa y a más de uno puede acabar detenido. Por ejemplo, en Alemania, con una cultura y unos modos de vida algo distintos y con un idioma diferente, de una arresto o encarcelamiento pueden surgir problemas de toda índole. Es en estos casos cuando el Consulado puede proporcionar asistencia y ayuda.


Tan pronto se tenga noticia de que un miembro de su familia o un amigo ha sido detenido en un país extranjero se deberá poner en contacto con el Consulado que corresponda según la región. (En este link aparece el listado de todos ellos). En una situación así, se recomienda que antes de emprender alguna acción, como envío de dinero, medicinas o incluso viajar al país, se consulte con el Consulado sobre la conveniencia de emprender estas acciones y sobre el mejor método a seguir. El criterio que guía la actuación del Estado en esta materia es asegurar a sus nacionales un trato adecuado por parte de las autoridades penitenciarias, así como el respeto a la intimidad de la persona detenida.

prisoner-296515_1280En el caso de que se desee contratar a un abogado, el Consulado está en condiciones de proporcionar una lista de profesionales especializados en ciertos tipos de casos, pero no podrá recomendar a ningún abogado en particular, ni mediar en dicha relación profesional. Por otra parte, en Alemania existe lo que en España se llama turno de oficio, es decir, la asistencia legal gratuita a quien demuestra carecer de medios para procurarse asistencia legal privada. Asimismo, el Consulado pedirá a las autoridades locales información,  comunicación inmediata con un detenido español y acceso al mismo desde el momento en que se conozca su detención y hasta su puesta en libertad. Además, procurarán asegurarse de que el trato recibido por el español sea por lo menos igual al mejor recibido por los nacionales del país en cuestión. Colaborarán en recabar de todas las autoridades locales los permisos para que los detenidos puedan comunicarse con sus familiares y amigos así como con la Oficina Consular.

Por el contrario, hay varias actividades que el Consulado no puede llevar a cabo, entre ellas: pagar con cargo a fondos públicos las multas, indemnizaciones o reparaciones civiles impuestas a nacionales españoles por las autoridades de otro país, sean o no judiciales. Como tampoco asistir a las sesiones de los juicios salvo en casos excepcionales, en los que hay fundadas sospechas de que van a ser gravemente conculcados los derechos fundamentales del ciudadano español.

Por último, en relación con las visitas, se recomienda ponerse en contacto con la Oficina Consular y solicitar la información con antelación, sobre todo en cuestión de horarios.

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