viernes, marzo 29, 2024
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Prestaciones sociales de los extranjeros en Alemania

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Como comentamos en nuestro programa de Funk Radio, la Unwort des Jahres (o al no-palabra del año) de 2014 es Sozialtourismus. Dicha palabra se refiere a una especie de “Turismo” para recibir prestaciones sociales aquí en Alemania. Aunque sinceramente, al contrario de lo que indica la foto, se me hace difícil creer en un  “Turismo social” en la fría Alemania.

 


Tras muchas interpretaciones diversas, el debate se ha intensificado sobre todo desde que la Comisión Europea afirmó que Alemania no podía negar (por regla general) la ayuda social básica a los extranjeros, comúnmente denominada Hartz IV.  Sin embargo, aunque sabemos que dicha ayuda se niega en algunos casos concretos, tampoco está claro a qué tipo de prestaciones tendría derecho un inmigrante para establecerse en el páis. Una situación complicada en un momento en el que aumenta el número de extranjeros, hasta alcanzar los niveles de hace 20 años. En gran parte, de países de la Comunidad Europea como es el caso de muchos españoles que quieren venir a trabajar a Alemania.

Ante los temores de algunos de la inmigración masiva “en busca de ayudas sociales”, sobre todo debido a la entrada de búlgaros y rumanos, el semanario Der Spiegel, describe algunas de las prestaciones a las que se pueden optar al llegar a Alemania:

 

• Ciudadanos EU con trabajo:

Quien quiera venir a trabajar a Alemania no recibirá ayudas sociales durante los tres primeros meses. A través de esa regla, se trata de prevenir el turismo social en Europa. Una vez cumplido ese plazo, se volverá a examinar la situación de cada cual.

Generalmente tras los tres meses se examina la situación dequien haya encontrado un trabajo en Alemania o haya ejercido como autónomo. Si el periodo laboral ha sido superior a un año, tendrá derecho al Arbeistlosengeld I (similar al paro que conocemos en España) por seis meses, ampliables en función del periodo que haya trabajado.

Al terminar dicha prestación y seguir en situación de desempleo, se tendría derecho a cobrar el Arbeitslosengeld II o Hartz IV. Con este tipo de ayudas recibiría 391 euros al mes más alojamiento.  Dicho modelo sirve también para completar rentas obtenidas con el trabajo en caso de que el suelo del trabajador sea menor que las prestaciones que se recibirían. Dependiendo del caso, también serían aplicables las ayudas por cada hijo. Todos los ciudadanos europeos tienen derecho a ellas.

 

• Ciudadanos de la Unión Europea sin trabajo:

Para ciudadanos de la UE que vienen sin trabajo a Alemania la situación es más complicada. Pueden recibir la ayuda por hijos pero ni los tribunales ni las instituciones alemanas terminan de aclararse (y de publicar) si tienen derecho a las prestaciones básicas del Hartz IV, ya que por regla general no se concede a ciudadanos comunitarios que estén en Alemania en situación de búsqueda de trabajo. Como apunta el semanario alemán, la pregunta es si esta negativa a las ayudas es acorde con el derecho comunitario, según el cual los extranjeros no pueden ser tratados de forma diferente que los ciudadanos del país correspondiente. Aunque en algunos casos se tolere la privación del derecho a algunas prestaciones, según otras directrices europeas.

 

• Derecho de Asilo:

Otro grupo son aquellos qeu solicitan asilo en Alemania. En caso de que se les conceda este estatus, reciben prestaciones un poco más bajas que el llamado Hartz IV. Sin embargo, tienen ciertas complicaciones para asentarse en Alemania ya que  en algunos casos se les dificulta la entrada al mercado laboral por su condición de asilo, hecho que en algunas regiones se traduciría prácticamente como la negación del derecho a trabajar.

 

Como siempre, este blog se alimenta de comentarios y opiniones de los lectores. Así que si podéis ayudarnos a completar esta información, podéis hacerlo a través de los comentarios o a través de nuestra página de Facebook Espanoles en Alemania.

 

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